Los tribunales dan la razón a los sindicatos SPPLB-CV, UGT y CCOO frente al Ayuntamiento de Benissa
El pasado 18 de julio el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº4 de Alicante dictó la Sentencia 307/2014 en la que estimando íntegramente el recurso interpuesto por los sindicatos SPPLB-CV, UGT y CCOO, frente al Decreto de Alcaldía del Ayuntamiento de Benissa de 10 de diciembre de 2013, declara la nulidad del mismo por no ser conforme a derecho.
El 26 de junio, este periódico ya se hizo eco de la entonces denuncia pública de los sindicatos SPPLB-CV, UGT y CCOO, quienes dejaban clara su postura ante "la actitud del equipo de gobierno del Ayuntamiento de Benissa".
La sentencia basada en la cobertura de un puesto de Técnico superior de Recursos Humanos del consistorio benissero dictada por los tribunales concluye que: "el proceder de la administración no ha sido acorde a derecho, máxime teniendo en cuenta que la cobertura del puesto de trabajo en cuestión se ha llevado a cabo sin publicidad alguna, impidiendo así la libre concurrencia de otros funcionarios, con vulneración de los principios de legalidad, mérito y capacidad, y acudiendo a una figura, no admisible en Derecho".
El 26 de junio, este periódico ya se hizo eco de la entonces denuncia pública de los sindicatos SPPLB-CV, UGT y CCOO, quienes dejaban clara su postura ante "la actitud del equipo de gobierno del Ayuntamiento de Benissa".
La sentencia basada en la cobertura de un puesto de Técnico superior de Recursos Humanos del consistorio benissero dictada por los tribunales concluye que: "el proceder de la administración no ha sido acorde a derecho, máxime teniendo en cuenta que la cobertura del puesto de trabajo en cuestión se ha llevado a cabo sin publicidad alguna, impidiendo así la libre concurrencia de otros funcionarios, con vulneración de los principios de legalidad, mérito y capacidad, y acudiendo a una figura, no admisible en Derecho".



















Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.143