Gobernación pone en marcha la plataforma digital para que los Ayuntamientos de la Comunitat registren a sus sedes festeras
La Generalitat, a través de la Conselleria de Gobernación y Justicia, ha puesto en marcha la plataforma digital (http://sedesfesteras.gov.gva.es) para que los Ayuntamientos de la Comunitat registren a sus sedes festeras y así pueda constituirse una base de datos fiable y práctica de todos los locales donde se celebran actividades referentes a las principales fiestas de nuestra comunidad.
Esta base de datos es el Registro de Sedes Festeras de la Comunitat,
ubicado en la página web de la Conselleria de Gobernación y Justicia
www.gov.gva.es. Para acceder a ella, es necesario que el Ayuntamiento de
cada localidad designe a una persona cuya función principal será la de
introducir los datos de las sedes festeras tradicionales, así como
mantenerlos actualizados.
La persona designada por el
consistorio debe disponer de DNI electrónico o certificado digital
otorgado por la ACCV (Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica)
y deberá ser notificada a la Conselleria de Gobernación y Justicia,
previamente, para darle de alta y así poder acceder a la plataforma
digital.
Una vez dada de alta, la persona designada por el
Ayuntamiento podrá introducir los datos pertenecientes a las sedes
festeras e ir completando el Registro. Registro que fue desarrollado por
la Orden 1/2013, de 31 de enero, de la Conselleria de Gobernación y
Justicia, por la que se regula el Registro de Sedes Festeras
Tradicionales, la declaración responsable sobre su tipología y el modelo
de cartel identificativo.
Asimismo, cabe resaltar que la
propia Conselleria ha enviado una circular a todos los Ayuntamientos de
la Comunitat sobre la normativa de las Sedes Festeras Tradicionales de
la Comunitat informándoles de los pasos a seguir para la creación del
Registro de Sedes Festeras Tradicionales con el único objetivo de que
sea una herramienta de trabajo adecuada tanto para la Administración
local y autonómica como para festeros y vecinos en el que el derecho al
ocio y el derecho al descanso quede garantizado.
Tipología sedes festeras
Respecto
a la tipología de las sedes festeras tradicionales de toda la Comunitat
Valenciana, recordar que se contemplan tres tipos: Tipo A, Tipo B y
Tipo C, en función, respectivamente, de si se efectúan actuaciones de
mera gestión, actuaciones directamente relacionadas con la fiesta
(comidas hermandad, preparación de actos, ensayos, etc.) o si son
establecimientos abiertos a la pública concurrencia.
La
clasificación de todas las sedes festeras tradicionales, según su
tipología, es obligatoria para todos los locales de la Comunitat donde
se celebran actividades referentes a las principales fiestas de nuestra
comunidad y debe hacerse mediante la instalación de un cartel
identificativo (el modelo se puede encontrar en el
http://www.docv.gva.es/datos/2013/02/12/pdf/2013_1419.pdf) para que todo
el público sepa qué actividades se pueden o no efectuar. Para ello, las
sedes festeras deben ponerse en contacto con sus respectivos
ayuntamientos.
Tanto la inclusión de las sedes festeras en
el Registro de Sedes Festeras Tradicionales como la identificación a
través de un cartel específico son de carácter obligatorio para todos
los locales festeros de la Comunitat.
Esta base de datos es el Registro de Sedes Festeras de la Comunitat,
ubicado en la página web de la Conselleria de Gobernación y Justicia
www.gov.gva.es. Para acceder a ella, es necesario que el Ayuntamiento de
cada localidad designe a una persona cuya función principal será la de
introducir los datos de las sedes festeras tradicionales, así como
mantenerlos actualizados.
La persona designada por el
consistorio debe disponer de DNI electrónico o certificado digital
otorgado por la ACCV (Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica)
y deberá ser notificada a la Conselleria de Gobernación y Justicia,
previamente, para darle de alta y así poder acceder a la plataforma
digital.
Una vez dada de alta, la persona designada por el
Ayuntamiento podrá introducir los datos pertenecientes a las sedes
festeras e ir completando el Registro. Registro que fue desarrollado por
la Orden 1/2013, de 31 de enero, de la Conselleria de Gobernación y
Justicia, por la que se regula el Registro de Sedes Festeras
Tradicionales, la declaración responsable sobre su tipología y el modelo
de cartel identificativo.
Asimismo, cabe resaltar que la
propia Conselleria ha enviado una circular a todos los Ayuntamientos de
la Comunitat sobre la normativa de las Sedes Festeras Tradicionales de
la Comunitat informándoles de los pasos a seguir para la creación del
Registro de Sedes Festeras Tradicionales con el único objetivo de que
sea una herramienta de trabajo adecuada tanto para la Administración
local y autonómica como para festeros y vecinos en el que el derecho al
ocio y el derecho al descanso quede garantizado.
Tipología sedes festeras
Respecto
a la tipología de las sedes festeras tradicionales de toda la Comunitat
Valenciana, recordar que se contemplan tres tipos: Tipo A, Tipo B y
Tipo C, en función, respectivamente, de si se efectúan actuaciones de
mera gestión, actuaciones directamente relacionadas con la fiesta
(comidas hermandad, preparación de actos, ensayos, etc.) o si son
establecimientos abiertos a la pública concurrencia.
La
clasificación de todas las sedes festeras tradicionales, según su
tipología, es obligatoria para todos los locales de la Comunitat donde
se celebran actividades referentes a las principales fiestas de nuestra
comunidad y debe hacerse mediante la instalación de un cartel
identificativo (el modelo se puede encontrar en el
http://www.docv.gva.es/datos/2013/02/12/pdf/2013_1419.pdf) para que todo
el público sepa qué actividades se pueden o no efectuar. Para ello, las
sedes festeras deben ponerse en contacto con sus respectivos
ayuntamientos.
Tanto la inclusión de las sedes festeras en
el Registro de Sedes Festeras Tradicionales como la identificación a
través de un cartel específico son de carácter obligatorio para todos
los locales festeros de la Comunitat.




















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