Sábado, 06 de Septiembre de 2025

Actualizada Sábado, 06 de Septiembre de 2025 a las 11:09:15 horas

Sábado, 07 de Diciembre de 2024 Tiempo de lectura:

La Generalitat insta a la CHJ a aclarar si el 29 de octubre constituyó el comité de crisis que marca la ley

Según establece el artículo 49 del Real Decreto 927/1988, este órgano debe activarse en casos de avenidas excepcionales como ocurrió.

La Generalitat Valenciana ha instado a la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) a aclarar si el pasado 29 de octubre se constituyó, como exige la normativa, el Comité Permanente del organismo de cuenca. Este órgano, según establece el artículo 49 del Real Decreto 927/1988, debe activarse en casos de avenidas excepcionales, como la registrada en el río Magro, y ante el riesgo de rotura de la presa de Forata, para analizar y coordinar las medidas de seguridad necesarias.

 

Fuentes de la Generalitat recuerdan que el Comité Permanente, presidido por la CHJ e integrado por representantes técnicos clave, es el órgano competente en materia de seguridad de presas. Su función incluye informar y asesorar a las autoridades de protección civil y, de ser necesario, ordenar embalses y desembalses extraordinarios, sin necesidad de consultar previamente a la Comisión de Desembalse, aunque debe notificar sus decisiones de inmediato.

 

Desde la administración autonómica insisten en que la CHJ debe aclarar si cumplió con los protocolos establecidos en el Plan de Emergencia de la Presa de Forata y en el Plan Especial ante el Riesgo de Inundaciones de la Comunitat Valenciana. En caso de haberse convocado el Comité Permanente, se solicita que se publique el acta de lo tratado, las medidas adoptadas y los desembalses realizados.

 

En caso contrario, las mismas fuentes ven imprescindible que la CHJ explique por qué no se activó este órgano clave en un momento crítico que afectó a numerosas localidades valencianas.

 

La Generalitat subraya que el Reglamento de Dominio Público Hidráulico, modificado en el RD 638/2016, obliga a la CHJ, como titular de la presa, a elaborar y cumplir los Planes de Emergencia de Presa (PEP). Estos documentos establecen las actuaciones necesarias para minimizar las consecuencias de una emergencia, disponiendo los recursos humanos y materiales imprescindibles.

 

"La transparencia y el cumplimiento de la normativa son esenciales para garantizar la seguridad y proteger a las poblaciones afectadas en situaciones excepcionales como la vivida el pasado 29 de octubre", han señalado desde la Generalitat, reclamando que se aclare si la CHJ actuó conforme a sus obligaciones legales y protocolos de emergencia.

Comentarios
Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.186

Todavía no hay comentarios

Quizás también te interese...

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.