Sábado, 06 de Septiembre de 2025

Actualizada Sábado, 06 de Septiembre de 2025 a las 11:09:15 horas

Lunes, 22 de Mayo de 2023 Tiempo de lectura:

Cómo darse de baja para dejar de recibir propaganda electoral en el buzón

En los últimos días, la inmensa mayoría de personas españolas registradas en el censo electoral han recibido multitud de sobres personalizados con propaganda electoral de los principales partidos políticos municipales y autonómicos.

 

Del mismo modo, en los últimos días, durante la campaña electoral, los diferentes candidatos y candidatas han recurrido al término “sostenible” para calificar el tipo de políticas que desean emprender si reciben la confianza de la mayoría del electorado y lograr tener representación y cargo en ayuntamientos y gobiernos regionales. Nadie duda de la buena intencionalidad de cada uno de ellos y de sus equipos. A día de hoy, urge más que nunca el implementar políticas sostenibles que protejan y preserven recursos y medio ambiente. Pero la dinámica electoralista juega en contra de esta pretensión porque no hay nada más poco sostenible que el envío masivo de propaganda electoral que se produce cada cuatro años.

 

Dentro de todas las formas posibles de llegar a la persona con opción a voto, el envío de publicidad electoralista es una de ellas. Es un cauce más para dar a conocer las propuestas, rostros e idearios de cada partido y, a pesar de vivir en la época dorada de la comunicación digital con multitud de plataformas para comunicar y viralizarse, sigue teniendo vigencia porque permite acercarse a todas las personas, sobre todo mayores, que no consumen este tipo de formatos. Pero no es necesario enviar una carta electoralista, a cada miembro de la familia que reside en un mismo domicilio. Con una por hogar sería suficiente y el ahorro, mayor.

 

Porque la celebración de la “fiesta de la democracia” resulta cara para los españoles y españolas. En la última cita electoral se estima que el gasto en propaganda de este tipo osciló entre los 40 y 50 millones de euros. Los partidos políticos tienen sus propias fuentes de financiación, pero también se sufragan sus campañas con un porcentaje de los impuestos de la ciudadanía. Por otra parte, no hace falta recordar de dónde proviene el papel y lo que supone su producción.

 

Así, con el fin de mitigar la inversión que esta forma de publicidad supone y el consumo de papel, cada uno de los electores puede solicitar no recibir propaganda electoral de ningún tipo a través de un sencillo trámite en la sede electrónica del Instituto Nacional de Estadística.

 

Para realizar este procedimiento es necesario disponer del certificado electrónico (que caduca cada tres años y se puede solicitar y renovar de forma presencial en las oficinas de Creama) o estar registrado en el sistema Cl@ve PIN.

  1. Acceder a ESTE ENLACE e identificarse con el certificado digital o con Cl@ve PIN en la parte superior derecha de la página.
  2. Tras identificarse, aparecerán los datos personales de cada usuario como elector. El último de todos estos datos es: “Situación actual en copias de partidos políticos: INCLUÍDO (Por defecto)”. Justo abajo, aparece la opción: “Solicitud de EXCLUSIÓN de las copias de partidos políticos” y el botón “Enviar solicitud” en el que hay que pinchar para darse de baja.
  3. Al cargarse de nuevo la página, aparecerán los datos del elector y la situación inicial habrá cambiado a EXCLUÍDO. También aparece la opción de “Obtener Justificante” para descargar un documento que acredite la acción realizada.

 

Solicitar el certificado digital y acceso Cl@ve PIN

  1. Certificado electrónico: Su solicitud es muy sencilla y puede realizarse, de forma presencial, en las oficias de Creama. No obstante, para todas aquellas que deseen obtenerlo de forma telemática, este es el procedimiento: Hay que acceder a la PÁGINA WEB DE LA REAL CASA DE LA MONEDA. Tras realizar la solicitud indicando DNI, primer apellido y correo electrónico, el usuario o usuaria recibirá un correo electrónico con un código. Este código se deberá presentar en persona en la Oficina de Registro que se indique en dicho email. Una vez presentado, se podrá descargar el certificado electrónico e instalarlo en el ordenador que generalmente utilice la persona interesada para disponer de él (durante los tres años que tiene de validez) de forma automática cada vez que la administración solicite su certificado en la realización de cualquier trámite online.
  2. Cl@ve PIN:Para operar con Cl@ve PIN primero hay que registrarse solicitando un código (en ESTE ENLACE) que se enviará por correo ordinario. En la carta se explica cómo acceder a la sede digital de la Agencia Tributaria y realizar el registro. También se puede hacer de forma presencial en cualquier Oficina de Registro.
Comentarios
Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.186

Todavía no hay comentarios

Quizás también te interese...

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.